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¿Qué es un autónomo? Guía básica I

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¿Qué conlleva ser autónomo? Todo lo que necesitas saber

 

Convertirse en autónomos en España implica tomar la decisión de emprender por cuenta propia, asumiendo responsabilidades legales y administrativas que garantizan la autonomía en la gestión y desarrollo de una actividad económica. Ser autónomo no solo significa ser tu propio jefe, sino también gestionar tus ingresos, cotizaciones y obligaciones fiscales de manera independiente.

En esta guía completa, exploraremos qué significa ser autónomo, los pasos necesarios para darte de alta y los trámites esenciales que debes realizar ante la Seguridad Social, Hacienda y el Ayuntamiento. Además, discutiremos beneficios como la tarifa plana de cotización y las obligaciones continuas una vez establecido como autónomo.

Ya sea que estés considerando dar el paso hacia el trabajo por cuenta propia o ya hayas iniciado el proceso, esta guía te proporcionará la información necesaria para entender y gestionar eficazmente tu carrera como autónomo en España.

El trabajador autónomo

 

Un autónomo es una persona física que realiza un trabajo de manera habitual para obtener una remuneración. Sin embargo, a diferencia de los empleados, no cuenta con un contrato de trabajo que lo vincule a un empleador. En otras palabras, es un trabajador por cuenta propia que lleva a cabo su actividad de forma lucrativa, personal y directa. A pesar de trabajar de manera independiente y recibir una remuneración, esta no es un salario fijo mensual. Una de las ventajas de ser autónomo es que eres tu propio jefe, pero no tienes la seguridad de percibir un ingreso fijo todos los meses.

Para ser autónomo, se debe ser mayor de edad, según lo establece la Ley General de la Seguridad Social (artículo 7, apartado b). Como trabajador por cuenta propia, el autónomo es responsable de su aportación a la Seguridad Social y debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Sus derechos y obligaciones están recogidos en el Estatuto del Trabajador Autónomo.

 ¿Cómo hacerte autónomo?

 

Ahora que ya sabes qué es un autónomo, es hora de conocer los pasos necesarios para convertirse en uno. Aquí te explicamos los trámites que debes realizar:

  • Alta de autónomo por medio de un punto PAE
  • Alta de autónomo en la Seguridad Social
  • Alta de autónomo en Hacienda
  • Solicitud de Licencia de apertura en el Ayuntamiento
  • Comunicación de apertura ante los organismos de Trabajo

Presta atención a todas las gestiones, ya que muchas están sujetas a plazos específicos. Si no los cumples, podrías enfrentarte a multas.

Alta de autónomo por medio de un punto PAE

 

Para tramitar tu alta como autónomo en línea, debes presentar tu Documento Único Electrónico (DUE) en uno de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) certificados por el Ministerio de Economía e Industria. Este documento simplifica las gestiones, permitiendo realizar la alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social de manera simultánea y en línea, asegurándote de no superar los plazos legales.

Alta de autónomo en la Seguridad Social

 

Debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) antes de iniciar tu actividad, hasta 60 días naturales antes. Puedes hacerlo de dos maneras:

  • Por medio de un punto PAE, presentando tu DUE.
  • Online, usando tu certificado electrónico a través de la página web de la Seguridad Social, en la sección «Afiliación, Inscripción y Modificaciones».

Al darte de alta, debes definir tu base de cotización. Como nuevo autónomo, puedes acogerte a la tarifa plana de 80 euros durante los primeros 12 meses de actividad. En los siguientes 12 meses, si tus ingresos netos están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puedes seguir pagando esta cuota reducida. Después, empezarás a cotizar según el tramo de tus ingresos reales. Esta tarifa plana se aplica a los nuevos autónomos desde el 1 de enero de 2023. Los que se dieron de alta en 2022 mantendrán su tarifa plana de 60 euros.

Alta de autónomo en Hacienda

 

Antes de iniciar tu actividad, también debes darte de alta en Hacienda, preferiblemente al mismo tiempo que en la Seguridad Social. Para ello, necesitas presentar el Modelo 036 o el Modelo 037 (declaración censal simplificada) si cumples los requisitos. Aquí notificarás tus datos personales, la actividad de tu negocio, su ubicación y los impuestos que deberás pagar. Cada vez que haya un cambio en estos datos, deberás presentar nuevamente los modelos con las modificaciones correspondientes.

Al declarar tu actividad, selecciona el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente. Las personas físicas están exentas de este impuesto, y las entidades también están exentas si su cifra de negocios es inferior a 1.000.000 de euros en el penúltimo año anterior al del devengo del impuesto.

Solicitud de licencia de apertura en el Ayuntamiento

 

Necesitas una licencia de apertura, que es un permiso del Ayuntamiento para abrir un local donde ejercerás tu actividad económica. Debes solicitarla en el departamento o área de urbanismo del Ayuntamiento. El coste de la licencia depende de la relevancia comercial de la calle, el tamaño del local y el tipo de actividad.

Las actividades pueden ser:

  • Inocuas: No generan molestias ni riesgos.
  • Calificadas: Molestas, insalubres, nocivas o peligrosas (hostelería, actividades industriales, etc.).
  • Exentas: Realizadas en domicilio sin atención al público ni molestias a vecinos.

Comunicación de apertura ante los organismos de Trabajo

 

Debes comunicar la apertura, instalación, traslado y ampliación de centros de trabajo a la autoridad laboral competente, generalmente al departamento de trabajo de la Consejería de Empleo o Trabajo de tu Comunidad Autónoma. Esto también aplica a la reanudación de actividad tras alteraciones o ampliaciones importantes. Tienes 30 días para presentar los datos relativos a tu centro de trabajo y plantilla.

Tipos de autónomos

 

En España, el colectivo de autónomos que cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es muy diverso, abarcando distintas actividades profesionales y modalidades de trabajo. A continuación, te presentamos los principales tipos de autónomos según su actividad y características:

Trabajadores autónomos

 

Estos autónomos gestionan pequeños negocios por cuenta propia, con o sin empleados. Se pueden clasificar en:

  • Autónomos con actividades empresariales en el IAE:

    Incluyen sectores como taxis, transporte, comercio, hostelería, talleres, peluquerías y construcción. Muchos de ellos optan por el sistema de módulos.

  • Artistas y deportistas:

    Personas dedicadas a actividades artísticas como cine, teatro, televisión, circo y música, que forman un grupo especial dentro del IAE.

Profesionales autónomos y freelance

 

Estos autónomos se dedican a profesiones liberales incluidas en el IAE y se dividen en dos grandes grupos:

  • Autónomos colegiados:

    Incluyen arquitectos, abogados, psicólogos, médicos, farmacéuticos, veterinarios, economistas, ingenieros, procuradores, y agentes comerciales. A menudo, cotizan a través de mutuas de sus Colegios Profesionales.

  • Autónomos no colegiados:

    Comprenden programadores, diseñadores, publicistas, traductores, formadores, tasadores, loteros, agentes de seguros, técnicos de iluminación, maquilladores, artesanos, pintores y representantes. Generalmente, trabajan desde casa y sin empleados, siendo común el uso del término “freelance”. La mayoría cotiza por IRPF en estimación directa simplificada.

Empresarios autónomos o societarios

 

Son autónomos con negocios de mayor tamaño y generalmente con más empleados. Suelen formar sociedades para beneficiarse de menores impuestos y limitar su responsabilidad al patrimonio de la sociedad. También se les conoce como autónomos societarios. Suelen desempeñar el cargo de administrador y cotizan en el régimen de autónomos.

Otros tipos de autónomos

 

  • Autónomos colaboradores:

Cónyuges y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad que colaboran habitualmente en el negocio.

  • Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado:

Que cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

  • Socios de comunidades de bienes y sociedades civiles regulares.

  • Socios industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias.

Estos grupos representan la diversidad y la flexibilidad del trabajo autónomo en España, cada uno con sus características y beneficios específicos.

Cuota de autónomos: obligación y nuevo sistema de cotización

 

Ser autónomo conlleva una responsabilidad mensual crucial: el pago de la cuota de autónomos. Desde el inicio de la actividad, este pago se realiza mensualmente a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, generalmente hacia finales de cada mes.

Para facilitar el proceso, puedes solicitar la domiciliación de la cuota en tu entidad financiera o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Es importante destacar que tanto en el mes de alta como en el de baja como autónomo, la cuota se calcula proporcionalmente a los días de actividad, evitando así el pago completo de la mensualidad en periodos parciales.

Además de tus obligaciones con la Seguridad Social, también debes cumplir con tus obligaciones fiscales ante Hacienda.

Nuevo sistema de cotización basado en ingresos reales

 

En julio de 2022, se implementó un cambio significativo para los autónomos con la aprobación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. Este nuevo sistema de cotización se ajusta a los ingresos reales de cada trabajador por cuenta propia, estableciendo 15 tramos de cotización.

Este modelo progresivo permite que los autónomos con menores ingresos experimenten una reducción en su cuota mensual, mientras que aquellos con mayores ganancias verán un incremento correspondiente. El sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos.

Mientras que los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima, en los tramos más altos aumenta. Por tanto, los autónomos cotizan a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, seleccionando uno de los 15 tramos de rendimientos netos con su correspondiente cuota mensual.

Recuerda! YA tienes disponible la segunda parte de esta guía.

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