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Seguridad Social: nuevos plazos y condiciones para la devolución de prestaciones de autónomos

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Nuevos plazos para la devolución de prestaciones de Autónomos

 

La Seguridad Social ofrece nuevos plazos y condiciones para la devolución de prestaciones de autónomos: facilitará a los autónomos la devolución de las prestaciones reclamadas.

Cambios en los plazos y condiciones

 

A partir del próximo 1 de julio, la Seguridad Social ampliará los plazos máximos y reducirá los importes mínimos que los autónomos pueden solicitar al fraccionar el reembolso de las prestaciones reclamadas. Esto incluye prestaciones como la de incapacidad o el cese de actividad.

Anuncio de la modificación

 

El director general de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto, anunció recientemente que el 1 de julio entrará en vigor la modificación del Reglamento General de Seguridad Social. Esta modificación establece nuevas condiciones para que los autónomos puedan fraccionar el pago de las prestaciones que deben devolver.

Nuevas condiciones de pago fraccionado

 

Específicamente, los autónomos podrán devolver estas prestaciones en hasta 60 plazos (cinco años) con una mensualidad mínima de 100 euros. No se podrán acordar cantidades inferiores a esta cifra, lo que podría ser problemático para aquellos con rentas bajas, según los graduados sociales.

Impacto y beneficios para los autónomos

 

Con esta modificación, los autónomos tendrán un año más para devolver las prestaciones indebidamente cobradas, pasando de un plazo máximo de 48 meses a 60 meses. Según Harto, el cambio se implementará a partir del 1 de julio, y los trabajadores por cuenta propia podrán solicitar el fraccionamiento de las devoluciones con las nuevas condiciones.

Aplicación de la modificación

 

Esta modificación podría afectar a miles de autónomos que, según sus mutuas o la Seguridad Social, hayan cobrado en algún momento una prestación indebida. Esto incluye casos como el cese de actividad solicitado durante la pandemia, así como otras prestaciones como la incapacidad permanente o el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Ámbito de aplicación

 

El principal cambio en el Reglamento General de la Seguridad Social es la ampliación del plazo máximo para devolver prestaciones indebidamente cobradas, de 48 a 60 meses. Además, se establece que el importe mínimo de las mensualidades será de 100 euros. Los autónomos no podrán acordar reembolsos en cantidades menores, incluso si la deuda total no es muy elevada.

Por ejemplo, un autónomo que deba devolver 3.000 euros por una prestación de cese de actividad podría solicitar fraccionar el pago en 30 mensualidades de 100 euros. Si la deuda fuera de 7.000 euros, el autónomo tendría que dividir el pago en 60 mensualidades de 116,66 euros, como mínimo, para no exceder el plazo máximo.

Consecuencias del incumplimiento en los pagos fraccionados

 

El nuevo reglamento, que se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y modifica el artículo 80.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, incluye una serie de requisitos para solicitar el fraccionamiento. Los directores de las administraciones de la Seguridad Social serán responsables de autorizar y establecer los plazos para el pago fraccionado de las prestaciones indebidas, siempre que los autónomos demuestren que su situación económica les impide efectuar el reintegro en el plazo indicado.

Si la solicitud es denegada, se otorgará un nuevo plazo de ingreso de 15 días desde la notificación. En caso de concederse el fraccionamiento, es crucial recordar que, si no se abona uno de los plazos acordados, la autorización quedará revocada automáticamente. La Seguridad Social iniciará entonces la vía ejecutiva mediante la emisión de la correspondiente providencia de apremio por la totalidad del importe pendiente.

Procedimiento y solicitud de fraccionamiento

 

Los autónomos que reciban una notificación de la Seguridad Social solicitando el reintegro de una prestación por incumplir las condiciones pueden solicitar el fraccionamiento del pago. Desde el 1 de julio, podrán hacerlo bajo los nuevos plazos. Para realizar la solicitud, deben acceder a este enlace, identificarse mediante el sistema Cl@ve Permanente, presentar la solicitud y adjuntar la documentación requerida.

Una vez realizado el trámite, el sistema emitirá un acuse de recibo en formato PDF. A partir de ahí, la Seguridad Social tendrá tres meses naturales para resolver la solicitud y determinar si permite o no el fraccionamiento del reembolso de las prestaciones indebidas.

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